La habitual falta de acuerdo entre arrendador e inquilino conduce a la aplicación directa del tope al precio del alquiler como referencia.
Miles de contratos de alquiler de vivienda que se revisan este mes quedarán sujetos al límite extraordinario del 2% aprobado recientemente por el Gobierno. Esta medida, incluida en el Real Decreto-ley 8/2026, actúa como freno frente al repunte simultáneo del IPC y del Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), evitando incrementos más acusados en las rentas.
El impacto es especialmente relevante en un contexto inflacionario marcado por el encarecimiento energético derivado de tensiones internacionales, lo que ha impulsado los principales indicadores de actualización de alquileres.
El IRAV continúa mostrando una tendencia al alza desde su implantación en 2025. En marzo ha registrado un nuevo incremento, encadenando diez meses consecutivos por encima del 2%, lo que confirma una dinámica sostenida de crecimiento.
Al mismo tiempo, el IPC se sitúa en el 3,4%, impulsado principalmente por el aumento de los carburantes. Esta combinación de factores sitúa a los arrendamientos en un escenario de presión alcista que, sin intervención normativa, se trasladaría directamente a los precios del alquiler de vivienda.
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